El Proyecto de Ley del impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria en el Principado de Andorra será progresivo y prevé gravámenes de entre el 3% y el 10% que tendrán que pagar las personas físicas y las sociedades, en función del número y tipología de sus propiedades, sobre el valor real de la inversión que se formaliza.
Un paso para a la regulación del mercado inmobiliario
Normativa del mercado inmobiliario en Andorra
La normativa tiene como objetivo evitar la especulación en el mercado inmobiliario, favorecer la vivienda de alquiler y al mismo tiempo incrementar los recursos del Estado para hacer frente al gasto público.Un pas cap a la regulació del mercat immobiliari
Impuesto progresivo: Un enfoque para evitar la especulación
Impost sobre el valor de la inversió estrangera
El impuesto sobre el valor real de la inversión extranjera inmobiliaria será progresivo y por tramos:
– 3% para la primera adquisición, sea de una parcela, piso o local comercial de hasta 250 m2, con hasta dos trasteros y dos plazas de aparcamiento;
– 5% para la compra de entre 2 y 5 pisos que también pueden acompañarse de dos plazas de aparcamiento o dos trasteros;
– 8% a partir de la adquisición de una sexta vivienda hasta la novena que también se pueden acompañar de plazas de aparcamiento y trasteros;
– 10% a partir de la décima unidad inmobiliaria o para promociones urbanísticas o inmobiliarias.
Fomentando las viviendas de alquiler:
Impuesto de la vivienda de alquiler en Andorra
Este impuesto se aplica a las personas físicas y jurídicas no residentes, a las personas jurídicas andorranas con una participación extranjera en su capital igual o superior al 50%, a las personas físicas con menos de tres años de residencia en el Principado, ya las personas personas jurídicas andorranas participadas por no residentes o residentes menores de tres años en un porcentaje inferior al 50% y superior al 5%.
Una vez que el impuesto tiene por finalidad fomentar la vivienda de alquiler, se aplicará una bonificación en la cuota tributaria del 90%, siempre que la vivienda se mantenga en alquiler por un plazo mínimo de diez años. Si el propietario vende la propiedad antes de estos diez años deberá abonarse la totalidad de la cuota.
La ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda, Conxita Marsol ha expresado la voluntad de que la nueva ley pueda entrar en vigor en 2024. La entrada en vigor del Proyecto de Ley permitirá levantar la suspensión temporal de compra de inmuebles para inversores extranjeros, una moratoria que se aprobó el pasado 7 de septiembre.
Consulta nuestro artículo para saber más detalles sobre esta ley.
¿Necesitas ayuda con tu empresa o como particular?
Primera consulta gratuita