
Es fundamental que las personas con un cargo de administrador y socio único de una sociedad, o socio de la misma junto con familiares de hasta segundo grado, sean conscientes de la importancia de una correcta cotización a la CASS. Además de garantizar su protección en términos de derechos sociales, el cumplimiento de esta obligación es clave para evitar sanciones y asegurarse de ajustarse a las normativas actuales.
A continuación, abordaremos los porcentajes y las cuotas de cotización a la CASS aplicables a los administradores de sociedades en Andorra. Explicaremos de manera detallada los requisitos específicos y las condiciones vigentes que se deben tener en cuenta.
Para obtener más información, te recomendamos consultar la página web oficial de la CASS.
Obligaciones de cotización
Estas personas tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social desde el momento en que asumen el cargo hasta su finalización. Si deciden crear una nueva sociedad, esta responsabilidad de cotización comienza 30 días naturales después de la inscripción en el Registro de Sociedades.
Las cotizaciones se calculan en función del salario global mensual medio del año anterior, con el objetivo de ajustar sus aportaciones a las circunstancias económicas de su empresa. Se aplican diferentes porcentajes, que pueden ser del 25%, 50%, 62,5%, 75%, 100%, 125% o 137,5%.
Criterios para determinar la base de cotización
La base para la cotización a la CASS de estos individuos se determina a partir de:
- La renta neta generada por la actividad de la sociedad, tal como se define en la normativa del IRPF. Además, se incluyen las remuneraciones de los trabajadores que colaboran con el administrador o socio, o que viven con él sin tener una relación laboral formal, siempre que estas retribuciones se consideren gastos de la actividad.
- La cifra de negocio hace referencia a los ingresos generados por una empresa o profesional a través de sus actividades profesionales, empresariales o comerciales. Se da prioridad a las actividades profesionales para establecer la base o punto de partida a la hora de calcular indicadores económicos o financieros relacionados con el negocio.
Administradores de múltiples actividades
Si administras más de una sociedad, debes sumar las rentas y cifras de negocio de todas las actividades para calcular tu base. Si las actividades son de diferente naturaleza (profesional o comercial), se tomará como referencia la base más alta.
Bases de cotización
Cuando la base de cotización es igual o superior al 100%, esta será obligatoria y deberá ser declarada a la CASS, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Si la base de cotización es inferior al 100%, el asegurado tiene la opción de aplicarla, siempre que cumpla con los requisitos de las rentas netas y la cifra de negocio del ejercicio económico anterior, si se requiere.
Los socios que decidan expresamente cotizar dentro de este colectivo, así como aquellas personas que ejerzan una actividad económica por cuenta propia, cotizarán sobre el 100% del salario mensual global medio cotizado durante el año anterior.
Además, el asegurado tiene la posibilidad de solicitar una base de cotización superior a la que le correspondería según los requisitos de cada porcentaje de reducción, mediante la declaración correspondiente, si así lo desea.
Porcentaje del salario global medio | Cuota | Base de cotización | Condiciones |
25% | 133,47€ | 606,68€ | Para alquileres menores a 6.000 € o inicio/reactivación de actividad |
50% | 302,78€ | 1.376,27€ | Para alquileres entre 6.000 € y 12.000 € |
62,5% | 333,67€ | 1.516,69€ | Para alquileres entre 12.000 € y 18.000 €. |
75% | 400,41€ | 1.820,03€ | Para alquileres entre 12.000 € y 18.000 € |
100% | 533,87€ | 2.426,70€ | Obligatorio para alquileres superiores a 24.000 € |
125% | 667,34€ | 3.033,38€ | Para alquileres mayores de 40.000 €. |
137,5% | 734,08€ | 3.336,71€ | Para alquileres superiores a 50.000 €. |
Los regímenes especiales
Los regímenes especiales se han creado para garantizar que aquellas personas que no pueden formar parte del régimen general tengan acceso al sistema de la CASS. Estos regímenes cubren a individuos que se encuentran en situaciones o actividades que, por su naturaleza o características específicas, no encajan en el régimen general. Además, es esencial que sea el asegurado o los organismos correspondientes quienes se ocupen de gestionar el alta en este sistema.
Se trata de regímenes especiales:
- Administradores menores de 35 años en sus primeros 24 meses de actividad.
- Personas con discapacidad.
- Casos de inactividad por baja médica, maternidad o violencia de género.
Para obtener información detallada sobre las diferentes modalidades de los regímenes especiales, te sugerimos visitar la página web de la CASS. Allí podrás consultar la documentación requerida, así como datos sobre las cotizaciones y los derechos asociados a cada régimen.
Es fundamental que los administradores de sociedad tengan una buena comprensión y una gestión correcta de sus cotizaciones a la Seguridad Social, ya que estas tienen un impacto directo en su protección social.
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