Una de las cuestiones clave para los trabajadores por cuenta propia es la obligación de cotizar correctamente en la Seguridad Social. Esto no sólo es esencial para garantizar la cobertura de los derechos sociales, sino también para cumplir con la normativa vigente y evitar sanciones.

En este artículo, proporcionamos una explicación detallada sobre los porcentajes y cuotas de cotización para los titulares de una autorización de profesión titulada, de un comercio o industria, de una explotación agrícola o ganadera o que conste inscrita en el registro de artistas profesionales , de acuerdo con las bases establecidas en Andorra, incluyendo los porcentajes aplicables y requisitos específicos para cada situación.

Si quieres más información, también puedes acceder a la página web oficial de la CASS.

Obligaciones de cotización

Los trabajadores por cuenta propia están obligados a cotizar a la Seguridad Social desde el momento en que empiecen su actividad económica hasta el cese de la misma. En el caso de crear nuevas sociedades, la obligación de cotizar comienza 30 días naturales después de la inscripción en el Registro de Sociedades.

Las cotizaciones se calcularán aplicando porcentajes sobre el salario global mensual medio del año anterior, que pueden ser del 25%, 50%, 62,5%, 75%, 100%, 125% y 137,5%.

Criterios para determinar la base de cotización

  1. Renta neta: La base de cotización se determina a partir de la renta neta obtenida por el ejercicio de la actividad empresarial o profesional. Esta renta se define según la Ley Reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A la renta neta se suman las retribuciones de las personas que trabajan con el titular de la actividad o que conviven con él sin relación laboral, siempre que estas retribuciones hayan sido deducidas como gastos.
  2. Cifra de negocio: La cifra de negocio asociada a la actividad económica puede provenir de servicios profesionales y empresariales o de actividades comerciales. Las actividades profesionales y empresariales son aquellas que carecen de carácter comercial, mientras que las actividades comerciales se refieren a la venta de bienes sin transformar.

Actividades múltiples

Si una persona es titular de diversas actividades incluidas en el artículo 19 a) de la Ley 17/08, tales como profesionales titulados, propietarios de comercios o industrias, o responsables de explotaciones agrarias o ganaderas, se procede a sumar las rentas netas y las cifras de negocio de todas las actividades realizadas durante el año anterior.

En caso de que la persona desarrolle tanto actividades profesionales o empresariales como actividades comerciales, se considerará que la suma de las rentas netas proviene de actividades profesionales o empresariales.

Bases de cotización

Las bases de cotización que igualen o superen el 100% son obligatorias y deben ser declaradas en la CASS. Las bases inferiores al 100% serán opcionalmente declarables a petición de la persona interesada, siempre que se cumplan los requisitos de renta neta y cifra de negocio del ejercicio anterior.

Los socios que elijan cotizar dentro de este grupo, así como otras personas con actividad económica por cuenta propia, cotizarán sobre el 100% del salario mensual global medio del año anterior. El asegurado tendrá la opción de solicitar una base de cotización superior a la que le correspondería según los porcentajes de reducción establecidos.

Porcentajes y cuotas para los trabajadores que realizan una actividad por cuenta propia

100% del salario mensual global medio, con una cotización de 533,87 €

Base cotización global: 2 426,70 €

Rama general 10%: 242,67 €

Rama jubilación 12%: 291,20 €

Cuota: 533,87€

25% del salario mensual global medio, con una cotización de 133,47 € y una base de cotización de 606,68 €

Presenta una renta neta de actividades económicas que no supera los 6 000 €, y además se encuentra en alguna de las siguientes condiciones:

  1. Receptor de una pensión de invalidez relacionada con un accidente no laboral o enfermedad común de grupo 1.
  2. Persona asalariada con el salario mínimo establecido;
  3. Beneficiario de una pensión de jubilación, ya sea de la CASS o de un país con convenio bilateral;

25% del salario mensual global medio para el inicio o reactivación de la actividad, con una cotización de 133,47 € y una base de cotización de 606,68 €

Las solicitudes deben presentarse en el Área de Control Administrativo mediante el Formulario CASS-0178.

Si el individuo se encuentra dentro del período de doce meses a partir del inicio de la actividad, puede solicitar la base de cotización correspondiente. Para aquellos que realicen diversas actividades por cuenta propia, la opción de la base de cotización del 50% por inicio de actividad sólo será validada si todas las actividades cumplen los mismos requisitos.

La fecha de inicio de la actividad para un administrador de sociedades se considerará la fecha de inscripción de la constitución de la sociedad en el Registro de Sociedades del Gobierno.

Si el individuo se encuentra en los doce meses siguientes a la reactivación de la actividad después de un período de inactividad debido a:

  1. Baja por maternidad, paternidad o adopción;
  2. Haber sido víctima de violencia de género;
  3. Baixa medica per malaltia comuna, accident laboral o malaltia professional amb la següent durada:
    • 12 meses para personas mayores de 30 años y menores de 50;
    • 6 meses para personas mayores de 50 años y menores de 30;
    • 3 meses para personas con discapacidad.

50% del salario mensual global medio – Si este porcentaje es menor que el salario mínimo oficial, se toman el salario mínimo como base de cálculo. Cotización de 302,78€, con una base de cotización de 1.376,27€

Presenta una renta neta de actividades económicas por debajo de los 12.000€ y no cumple los criterios para aplicar la base de cotización del 25%.

62,5% del salario mensual global medio, con una cotización de 333,67€ y una base de cotización de 1.516,69€

La renta neta de actividades económicas se sitúa entre 12.000€ y 18.000€.

75% del salario mensual global medio, con una cotización de 400,41 € y una base de cotización de 1.820,03 €

La renta neta de actividades económicas se encuentra entre 18.000€ y 24.000€.

125% del salario mensual global medio, con una cotización de 667,34€ y una base de cotización de 3.033,38€

La renta neta generada por las actividades económicas es superior a 40.000 €.

137,5% del salario mensual global medio, con una cotización de 734,08€ y una base de cotización de 3.336,71€

La cantidad neta generada por las actividades económicas es superior a 50 000 €.

Las personas que desarrollen una actividad económica por cuenta propia cotizan sobre el 100% del salario mensual global medio del año anterior.

Sin embargo, cualquier persona que ejerza una actividad por cuenta propia tiene la opción de seleccionar una base de cotización superior a la que le sería asignada según las condiciones descritas anteriormente.

Los regímenes especiales

Los regímenes especiales han sido diseñados para incluir en el sistema de la CASS a aquellas personas que no pueden formar parte del régimen general. Comprenden a individuos que se encuentran en situaciones o actividades que, debido a su naturaleza o particularidades, no son susceptibles de inclusión en el régimen general. Además, es necesario que el asegurado o los organismos correspondientes gestionen el alta.

Se trata de regímenes especiales:

  • Huérfanos de padre y madre y otras personas a las que el Estado confía la tutela o guarda.
  • Individos que reciben una ayuda económica ocasional para la protección sanitaria mínima.
  • Personas que se encuentren internadas en centros penitenciarios.
  • Individuos con discapacidad.
  • Estudiantes y deportistas de alto rendimiento entre 25 y 30 años.
  • Asegurados de forma voluntaria en la rama general y en la rama de jubilación.
  • Asegurados de forma voluntaria en la rama general.
  • Trabajadores asalariados que perciben retribución inferior al salario mínimo y que son asegurados indirectos.
  • Personas registradas en el Servicio de Empleo que no reciben prestaciones económicas por desempleo involuntario.
  • Individuos prejubilados.
  • Personas menores de 35 años que desarrollen una actividad económica por cuenta propia durante los primeros 24 meses de actividad.

Si deseas consultar de forma detallada las modalidades de los distintos tipos de regímenes especiales, te invitamos a visitar la página web de la CASS. Allí podrás encontrar la documentación a presentar, así como información sobre la cotización y los derechos asociados.

Es fundamental para cualquier trabajador autónomo entender y gestionar adecuadamente sus cotizaciones a la Seguridad Social, puesto que esto influye directamente en su cobertura y derechos futuros.

Desde Grup Assessors Associats, estamos comprometidos a ofrecer apoyo y asesoramiento personalizado para asegurar que cumplas con todas las obligaciones legales, optimizando al mismo tiempo tu situación fiscal y económica.

Estamos a tu disposición para ayudarte a navegar por las complejidades de la normativa vigente y asegurarte de que tu actividad por cuenta propia se desarrolle con total tranquilidad.

   

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Dominic Paredes
Dominic Paredes – Propietaria d’Assessors Associats